- Requisitos establecidos en los artículos 28 y 29 de la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario.
- La identificación clara y precisa del deudor y los acreedores que lo suscriben;
- La identificación clara y precisa del resto de acreedores;
- La declaración jurada con el detalle de las obligaciones debidas;
- El acuerdo preconcursal alcanzado;
- Los medios de verificación de que se ha comunicado a todos los acreedores la invitación a mediación o la intención de suscribir el acuerdo; y, el supervisor designado por las partes.
Aplica pago inicial USD. 20.00 y pago final de costos de mediación en solicitudes directas, en aplicación a Reglamento de Fijación de Costos Administrativos de los Servicios del Centro Nacional de Mediación de la Función Judicial, revisa la tabla de tarifas aquí.
En caso de derivación Judicial se encuentran exentos de pago, de costos iniciales como de costos finales del servicio de mediación.
Para adultos mayores aplica pago inicial de USD. 10.00, se encuentran exentos de pago personas con discapacidad y cuantías menores a un salario básico.